COMUNICADO N° 004 – 2021: Para estudiantes que egresaron en el 2020 o que egresarán en el 2021


Ponemos en conocimiento de nuestros estudiantes que se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 31183, Ley que incorpora la Décima Cuarta Disposición Complementaria Transitoria a la Ley N° 30220, que afecta al artículo 45.1 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, sobre el Grado de Bachiller.

La Disposición Complementaria Transitoria a la Ley, vigente desde el 3 de mayo pasado, establece que para el otorgamiento del bachillerato automático:

  • La norma es, como su nombre lo dice, transitoria, y es aplicable únicamente a todos los alumnos y las alumnas que hayan aprobado los planes de estudios de pregrado durante los años 2020 y 2021 (sean o no afectos a la Ley 30220).
  • Transitoriamente ya no se exige, como requisito de egreso, la aprobación del trabajo de investigación (TIB)
  • Tampoco se exige el conocimiento del idioma extranjero (Inglés, en el caso PUCP).
  • Esta norma aplica solo si se completa el plan de estudios en los semestres 2020-1, 2020-2, 2021-1 o 2021-2, independientemente del año de ingreso a la Universidad.

Considerando estas disposiciones, la Facultad establece que:

  1. En el caso de las y los alumnos de Psicología, la aprobación de su plan de estudios implica el cumplimiento del periodo de práctica/desempeño preprofesional que corresponde al curso obligatorio de 8 créditos.
  2. Una vez que terminen el plan de estudios, pueden comunicarlo directamente a la Asistente Académica, Señora Nelly Bonilla, al correo nbonilla@pucp.pe, indicando que requieren actualizar el estado de egresado/a para acceder al bachillerato automático. El trámite de actualización de estado debe tomar, máximo, cinco días útiles.
  3. Al haberse actualizado el estado de egresado/a, lo cual puede verificarse en el sistema (Campus Virtual/Historia Académica/ Consolidado Curricular), se podrá solicitar el diploma de bachiller a través del Campus Virtual (Campus Virtual/ Solicitudes y servicios /Trámites académicos/ Grados y títulos)
  4. Esto inicia un proceso que debe ser aprobado por Consejo Universitario en no menos de un mes.
  5. Quienes decidan no optar por el bachillerato automático pueden continuar con la modalidad de presentación de los trabajos de investigación elaborados en el 2020, o por elaborar (en el 2021), pero deberán manifestar a la Facultad esta decisión, solicitar el formulario respectivo a la Mesa de Atención Virtual (psicologia@pucp.edu.pe); a donde lo deberán entregar junto con el Trabajo de Investigación. La Secretaría Académica procederá a verificar los datos y registrar el Trabajo de Investigación.
  6. Quienes opten por el Bachillerato Automático pueden obtener la licenciatura, a través de la sustentación de la Tesis o la sustentación del Trabajo de Suficiencia Profesional (TSP).
  7. Las consultas sobre este tema se pueden dirigir a: psicologia@pucp.edu.penbonilla@pucp.pe o a sacademica.psi@pucp.edu.pe

 

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