Ponemos en conocimiento de nuestros estudiantes que se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 31183, Ley que incorpora la Décima Cuarta Disposición Complementaria Transitoria a la Ley N° 30220, que afecta al artículo 45.1 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, sobre el Grado de Bachiller.
La Disposición Complementaria Transitoria a la Ley, vigente desde el 3 de mayo pasado, establece que para el otorgamiento del bachillerato automático:
- La norma es, como su nombre lo dice, transitoria, y es aplicable únicamente a todos los alumnos y las alumnas que hayan aprobado los planes de estudios de pregrado durante los años 2020 y 2021 (sean o no afectos a la Ley 30220).
- Transitoriamente ya no se exige, como requisito de egreso, la aprobación del trabajo de investigación (TIB)
- Tampoco se exige el conocimiento del idioma extranjero (Inglés, en el caso PUCP).
- Esta norma aplica solo si se completa el plan de estudios en los semestres 2020-1, 2020-2, 2021-1 o 2021-2, independientemente del año de ingreso a la Universidad.
Considerando estas disposiciones, la Facultad establece que:
- En el caso de las y los alumnos de Psicología, la aprobación de su plan de estudios implica el cumplimiento del periodo de práctica/desempeño preprofesional que corresponde al curso obligatorio de 8 créditos.
- Una vez que terminen el plan de estudios, pueden comunicarlo directamente a la Asistente Académica, Señora Nelly Bonilla, al correo nbonilla@pucp.pe, indicando que requieren actualizar el estado de egresado/a para acceder al bachillerato automático. El trámite de actualización de estado debe tomar, máximo, cinco días útiles.
- Al haberse actualizado el estado de egresado/a, lo cual puede verificarse en el sistema (Campus Virtual/Historia Académica/ Consolidado Curricular), se podrá solicitar el diploma de bachiller a través del Campus Virtual (Campus Virtual/ Solicitudes y servicios /Trámites académicos/ Grados y títulos)
- Esto inicia un proceso que debe ser aprobado por Consejo Universitario en no menos de un mes.
- Quienes decidan no optar por el bachillerato automático pueden continuar con la modalidad de presentación de los trabajos de investigación elaborados en el 2020, o por elaborar (en el 2021), pero deberán manifestar a la Facultad esta decisión, solicitar el formulario respectivo a la Mesa de Atención Virtual (psicologia@pucp.edu.pe); a donde lo deberán entregar junto con el Trabajo de Investigación. La Secretaría Académica procederá a verificar los datos y registrar el Trabajo de Investigación.
- Quienes opten por el Bachillerato Automático pueden obtener la licenciatura, a través de la sustentación de la Tesis o la sustentación del Trabajo de Suficiencia Profesional (TSP).
- Las consultas sobre este tema se pueden dirigir a: psicologia@pucp.edu.pe; nbonilla@pucp.pe o a sacademica.psi@pucp.edu.pe
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